Guía
Garantías en licitaciones públicas
Una garantía es una boleta, póliza o vale vista que el proveedor entrega al organismo para asegurar que va a cumplir lo que ofertó. La Ley N°19.886 no fija un porcentaje único ni obliga a exigir todas las garantías en toda licitación — cada organismo decide cuáles pedir y por cuánto en sus propias bases. Estos son los tres tipos que vas a encontrar más seguido, con ejemplos reales de bases y fichas de Mercado Público, no una lista genérica de la ley.
Garantía de fiel cumplimiento del contrato
Se entrega al momento de firmar el contrato, no al ofertar, y cubre que el proveedor cumpla lo que se comprometió a lo largo de toda la ejecución. En los ejemplos que hemos revisado ronda el 5% del monto del contrato — no es un porcentaje fijado por ley, es simplemente lo más habitual en las bases que hemos visto:
“Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Hospital de Ancud, RUT:61.975.800-5
Fecha de vencimiento: 30-01-2032
Monto: 5 %”— ficha oficial de Mercado Público, licitación 2048-57-LP26
La misma cifra aparece en la licitación 4594-26-LP26 (Departamento de Salud de Coihueco): 5% del contrato, con vencimiento fijado a 60 días hábiles después del término. En ambos casos el vencimiento no es una fecha simbólica — si la garantía caduca antes de que termine el contrato, el proveedor queda expuesto sin cobertura, y algunos organismos exigen renovarla si el contrato se prorroga.
Cuándo NO se exige garantía de fiel cumplimiento
El Reglamento de Compras Públicas permite eximir de esta garantía a las adjudicaciones bajo 1.000 UTM — el organismo puede optar por no pedirla y perfeccionar la compra directamente con la orden de compra. No es automático en todas las licitaciones bajo ese monto, pero cuando las bases lo contemplan, lo dicen explícitamente:
“Para adjudicación inferior a 1000 UTM la compra se perfeccionará con la sola emisión de la Orden de Compra, no requiriéndose documento de garantía de Fiel Cumplimiento de contrato.”
— bases de la licitación 1057547-342-LP26
Esto pesa especialmente para Uniones Temporales de Proveedores: si cada integrante, por separado, no supera las 1.000 UTM, algunas bases eximen de garantía a toda la unión aunque el monto adjudicado conjunto sea mayor. Nunca asumas la exención — confírmala en las bases específicas antes de ofertar sin considerar ese costo.
Garantía de seriedad de la oferta
A diferencia de la de fiel cumplimiento, esta se entrega junto con la oferta, antes de saber si te adjudicas o no — cubre que no te retractes después de ofertar. Es habitual en licitaciones de mayor monto (LP y LR) y menos frecuente en licitaciones pequeñas, donde muchos organismos prefieren no exigirla para no agregar una barrera de entrada a proveedores más chicos. El monto suele fijarse como una cifra en pesos, no como porcentaje — revisa siempre la ficha oficial de la licitación específica, ya que varía caso a caso más que la de fiel cumplimiento.
Cada cita en esta página es texto extraído directamente de las bases o la ficha oficial de la licitación indicada, verificado contra el documento original — no un resumen generado por IA ni una lista genérica de la ley. Los montos y condiciones de garantía varían de una licitación a otra: revisa siempre las bases específicas antes de presupuestar el costo de una garantía.
No calcules garantías a ciegas — léelas directo de las bases
LicitAlertas lee las bases de cada licitación que te llega y te extrae los montos y plazos de garantía exigidos, para que no tengas que buscarlos manualmente. Gratis durante el beta.
Comenzar Prueba Gratis